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⚖️ SCJN INVALIDA COBROS DE ONCE MUNICIPIOS DE TLAXCALA POR CONSIDERARLOS INCONSTITUCIONALES

hace 34 minutos
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⚖️ SCJN INVALIDA COBROS DE ONCE MUNICIPIOS DE TLAXCALA POR CONSIDERARLOS INCONSTITUCIONALES

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversos artículos de las leyes de ingresos de 11 municipios de Tlaxcala, al determinar que establecían cobros desproporcionados y diferenciados por servicios municipales que, en esencia, eran los mismos.

La resolución alcanzó disposiciones de Apetatitlán, Muñoz de Domingo Arenas, San Damián Texoloc, San Francisco Tetlanohcan, San Jerónimo Zacualpan, San Juan Huactzinco, Santa Apolonia Teacalco, Santa Cruz Tlaxcala, Tzompantepec, Yauhquemehcan y Zitlaltépec de Trinidad Sánchez Santos.

El caso surgió a partir de la acción de inconstitucionalidad 128/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el 12 de diciembre de 2025.

De acuerdo con el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, las disposiciones cuestionadas establecían diferentes tarifas para la asignación de número oficial dependiendo de si se trataba de viviendas, establecimientos comerciales o industriales y, en algunos casos, fraccionamientos.

El problema señalado por la Corte fue que, aunque el servicio municipal prestado era esencialmente el mismo, las leyes establecieron tarifas distintas sin justificar constitucionalmente esa diferenciación.

🏛️ EL CONGRESO LOCAL TAMBIÉN FUE PARTE DEL DEBATE

El expediente también exhibió la defensa presentada por el presidente de la Mesa Directiva del Congreso de Tlaxcala, David Martínez del Razo, quien sostuvo ante la SCJN que la acción promovida por la CNDH debía considerarse improcedente.

La ministra ponente rechazó ese argumento y señaló que las normas tributarias impugnadas podían ser revisadas por la CNDH al estar relacionadas con derechos humanos y con los principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad y equidad tributaria.

En otras palabras, la discusión no quedó únicamente en cuánto podían cobrar los municipios, sino en si esos cobros respetaban las reglas constitucionales que deben observar las autoridades al establecer contribuciones. ⚖️📑

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⛽ TAMBIÉN INVALIDAN COBRO A GASOLINERAS EN APETATITLÁN

En otro asunto, el Pleno de la SCJN resolvió la controversia constitucional 19/2026, promovida por el Poder Ejecutivo federal, y declaró inválida una parte de la Ley de Ingresos de Apetatitlán.

La disposición contemplaba el cobro por el refrendo de licencias de funcionamiento para gasolineras y estaciones de carburación. El máximo tribunal determinó que el municipio carece de competencia para establecer ese cobro en los términos previstos.

El conjunto de resoluciones coloca nuevamente bajo la lupa la forma en que los ayuntamientos y el Congreso local diseñan sus leyes de ingresos. 📚⚖️💰

La resolución representa un llamado de atención institucional: los municipios pueden establecer contribuciones dentro de sus atribuciones, pero las tarifas y conceptos deben ajustarse a la Constitución y justificar las diferencias entre contribuyentes cuando corresponda.

🎙️ La información es de interés público porque los cobros municipales terminan impactando directamente a ciudadanos, comerciantes, industrias y propietarios de inmuebles. 🏠🏪🏭💸

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