REMUNERACIÓN MENSUAL DE LA OMBUDSPERSON SUPERA LOS 116 MIL PESOS; GANA 3 MIL 400 PESOS MENOS QUE LA GOBERNADORA LORENA CUÉLLAR
- Edgar Ramón Conde Carmona
- 8 oct
- 2 Min. de lectura
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(DAVID RODRÍGUEZ / CONTRAPODER) La presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, Jakqueline Ordóñez Brasdefer, recibe una remuneración mensual bruta de 116 mil 105.20 pesos, más de lo que gana un secretario del gobierno estatal y apenas 3 mil 428.8 pesos menos de lo que gana la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros.
Evidentemente, el salario de la ombudsperson es superior al del resto de los trabajadores del organismo autónomo, sin embargo, es 70 mil 761 pesos más alto de lo que perciben los integrantes del Consejo Consultivo.
De acuerdo al tabulador de sueldos y salarios (mensual) julio-diciembre 2025, la presidenta de la CEDH tiene un sueldo base de 58 mil 052.60 pesos más una cantidad similar como retribución complementaria al sueldo, mientras que, cada uno de los cuatro consejeros recibe 22 mil 672 de sueldo más una cifra idéntica por retribución complementaria.
De acuerdo al tabulador de sueldos del gobierno del estado, la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros, obtiene de manera mensual 119 mil 534. 20 pesos brutos que se desglosan de la siguiente manera: “sueldo mensual” 54 mil 630.39 pesos, una cantidad idéntica por la “percepción complementaria”, 3 mil 89.13 pesos por concepto de “canasta básica” y 7 mil 184.29 pesos por “fomento al ahorro”.
Mientras que, los secretarios del gabinete legal, el Oficial Mayor de Gobierno, y los coordinadores de información y relaciones públicas, el de seguridad de acuerdos, el de informática y la de Radio Cine y Televisión tienen un salario homologado de 90 mil 725.74 pesos.
El tabulador del organismo autónomo hace cinco precisiones: la primera de ellas refiere que la retribución complementaria al sueldo se otorgará siempre y cuando existan los recursos presupuestales suficientes y que ésta se entrega como estímulo por productividad, eficiencia y calidad en el desempeño de las actividades encomendadas.
De la misma manera, refiere que la gratificación de fin de año será el equivalente de 50 a 80 días de salario conforme a la disponibilidad presupuestal y la autorización del consejo consultivo.
La tercera precisión que se hace es que la prima vacacional será el equivalente al 60 por ciento de 30 días de salario dividida en dos periodos; asimismo, la compensación económica equivale a un mes de salario íntegro libre de impuestos; mientras uqe la última se refiere a que los salarios son antes de impuestos.



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