QUERÍA PVEM DEJAR SIN PRERROGATIVAS A MOVIMIENTO CIUDADANO EN 2026, PERO EL TRIBUNAL ELECTORAL MANTIENE FINANCIAMIENTO AL PARTIDO NARANJA POR MÁS DE $8.6 MILLONES
- Edgar Ramón Conde Carmona
- hace 2 horas
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La dirigencia del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en la entidad fracasó en su intentona para que Movimiento Ciudadano (MC) se quedara sin financiamiento público durante el ejercicio fiscal de 2026, según determinó el pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).
En sesión ordinaria, quienes integran ese órgano jurisdiccional resolvieron el juicio electoral TET-JE-070/2025 promovido por la representación del partido del tucán en contra del acuerdo ITE-CG 81/2025, por el que se aprobó el proyecto de presupuesto de egresos del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para el ejercicio fiscal 2026.
De acuerdo con las previsiones presupuestales del ITE para el próximo año —que deben ser aprobadas por el Congreso local—, al partido naranja le correspondería un total de 8 millones 667 mil 464 pesos por concepto de prerrogativas para actividades específicas (252 mil 450 pesos) y ordinarias (8 millones 415 mil 014 pesos), en virtud de haber obtenido 79 mil 050 votos en la última elección para diputados locales de mayoría relativa.
Según el PVEM, el ITE debió acatar lo previsto en el artículo 88 de la Ley de Partidos Políticos local, en virtud de que el 19 de noviembre de 2024, la diputada Sandra Guadalupe Aguilar Vega renunció a su militancia en Movimiento Ciudadano, por lo que este partido dejó de tener representación en el Congreso del estado.
Sin embargo, el presunto agravio fue calificado como infundado por parte de las magistradas Claudia Salvador Ángel y Esther Terova Cote, así como por el presidente Miguel Nava Xochitiotzi.
En el proyecto se señaló que el hecho de que Aguilar Vega haya renunciado a su representación de MC en el Congreso local “no actualiza que dicho partido deba recibir financiamiento con base en la modalidad prevista en el artículo 88 de la Ley de Partidos local, porque el diseño normativo que rige el financiamiento público que reciben los partidos políticos dispone que, una vez que un partido se sitúa en una modalidad (ordinaria o excepcional) para la asignación de financiamiento, su representación ante el Congreso ya no se prevé como un factor que pueda seguir influyendo en el cálculo de tal prerrogativa”.
El TET explicó que MC consiguió obtener una diputación local, lo que lo colocó fuera del supuesto de excepción previsto en el artículo 88 de la Ley Local de Partidos; en consecuencia, “se situó en la modalidad ordinaria para el cálculo de su financiamiento público”.
De esta manera, precisó el órgano jurisdiccional, “la variación que sufrió la representación del partido naranja ante el Congreso local no puede afectar la modalidad en la que recibe financiamiento. Ello porque el criterio de equidad que opera conforme a la regla general es la fuerza electoral del partido, y no propiamente su representación legislativa”.
Derivado de lo anterior, fue apegado a derecho que la autoridad responsable determinara que el financiamiento público que le corresponde a MC se encuentra regulado por la modalidad ordinaria, y no conforme al supuesto de excepción previsto en el artículo 88 de la Ley de Partidos local, como consideró el PVEM.
Por esa razón el agravio único del medio de impugnación fue calificado como infundado y, en consecuencia, se confirmó el Acuerdo ITE-CG-81/2025, en la parte relativa a la asignación de prerrogativas a Movimiento Ciudadano.



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