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Regidor de Texmelucan permanecerá 2 años en el registro nacional de violentadores

Regidor de Texmelucan permanecerá 2 años en el registro nacional

de violentadores

El regidor de San Martín Texmelucan, José Galindo Yamak,

permanecerá dos años y dos meses en el Registro Nacional de

Personas Sancionadas por Violencias de Género del Instituto

Nacional Electoral (INE), así lo ratificó el Tribunal Electoral del

Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Durante la sesión de la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF,

los magistrados resolvieron el juicio de impugnación registrado

con la clave SCM-JDC-112/2023 promovido por el integrante del

Cabildo de dicho municipio con la intención de disminuir la

temporalidad de permanencia en el padrón de violentadores,

mismo que dictó el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

El regidor argumentó que el tribunal local no fundamentó

debidamente la temporalidad, pero la propuesta de resolución del

magistrado Luis Enrique Rivero Carrera señaló que sus

argumentos eran “inatendibles” debido a que ya fueron

estudiados.

“Los agravios contra la indebida fundamentación y motivación de

la resolución impugnada son inatendibles porque la calificación de

la conducta, los tipos de violencia y la vulneración a los derechos

político electorales de la persona denunciante, la intencionalidad

de la conducta y la no reincidencia son acciones que fueron

analizados donde se determinó que se encontraban acreditadas,

por lo que al estar firmes no pueden estudiarse nuevamente”, dictó

el proyecto.

Asimismo, los magistrados también argumentaron que fue

adecuado el tiempo que determinó el tribunal electoral sobre su

permanencia en el registro de personas agresoras.

Es importante recordar que Galindo Yamak fue sentenciado por

ejercer violencia política en razón de género en contra de la edil de

San Martín Texmelucan Norma Layón Aarun al realizar

publicaciones en redes sociales donde intentó menospreciar a la

alcaldesa bajo señalamiento de índole sexual.

En un inicio el tribunal local determinó mantenerlo en el registro

por un periodo de cinco años y cuatro meses, pero por una impugnación de José Galindo el TEEP se vio obligado a reajustar

el tiempo por dos años y dos meses, periodo que ya fue


confirmado.

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