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DIPUTADOS TIPIFICAN COMO DELITO EL ROBO DE MAGUEY Y PRODUCTOS AGRÍCOLAS; RESPONSABLES PODRÁN ALCANZAR HASTA 16 AÑOS DE PRISIÓN

Foto del escritor: Edgar Ramón Conde CarmonaEdgar Ramón Conde Carmona

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El Pleno del Congreso de Tlaxcala reformó el Código Penal del estado para imponer sanciones de hasta 16 años de prisión y multas de hasta 156 mil 340 pesos, a quienes comentan el delito de robo de maguey y productos agrícolas desprendidos del suelo.

En la sesión ordinaria de este martes, los legisladores locales aprobaron el dictamen que tipifica como delito contra el patrimonio el robo de maguey y productos agrícolas, por lo que las personas que incurran en esa conducta serán sancionadas conforme a lo establecido en el artículo 323 del Código Penal para el estado de Tlaxcala.

Los congresistas avalaron la adición del artículo 334 bis que establece: “Comete el delito de robo de maguey el que, sin consentimiento del propietario, poseedor o de quien legalmente pueda otorgarlo, proceda a desprenderlo del suelo y se apodere del mismo; o extraiga, utilice o comercialice del maguey o de cualquiera de sus especies, la materia prima, sus derivados o su fauna; se le impondrán las sanciones establecidas en el artículo 323 de este Código”.

De la misma manera, el dictamen que fue avalado por mayoría de votos, refiere que cuando el robo se cometa por la noche, en lugar cerrado destinado a la casa habitación o almacenaje, las sanciones señaladas en el artículo 323 de este código se aumentarán en dos terceras partes.

Esas mismas sanciones se aplicarán para quienes se apoderen de productos agrícolas desprendidos del suelo dejados por su propietario o posesionario en campo raso o lugares abiertos.

La sanción más alta que actualmente contempla el artículo 323 va desde los seis a 12 años de prisión y multa de 432 a 864 días de salario, cuando el valor de lo robado exceda de 3500 el valor de la Unidad de Medida y Actualización, es decir, más de 378 mil pesos.

En contraparte, la de menor impacto es la que va de los seis meses y hasta los dos años de prisión y multa de 36 a 144 UMAS cuando el valor de lo robado no exceda los dos mil 700 pesos.

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