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Foto del escritorDiana Jiménez

Corte invalida carácter de seguridad nacional en obras de infraestructura.

Con una votación de mayoría de ocho contra tres el Pleno de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo

1 del decreto presidencial que buscaba clasificar como de

seguridad nacional los proyectos de infraestructura.

En relación con los otros dos artículos, sobre el otorgamiento

prioritario de las autorizaciones prioritarias para las obras, en un

plazo de cinco días, y la vigencia de las mismas, de un año, se

alcanzaron seis votos para su invalidación.

De esta forma todo el acuerdo queda invalidado, pero queda

pendiente la definición de si se trata de un acto administrativo o

una norma general, lo que impactará en los efectos de la

invalidación.

Por este motivo, la aprobación de los efectos se aplazó para la

sesión del próximo lunes, a petición de la presidenta de la SCJN, la

ministra Norma Lucía Piña Hernández.

En la discusión, las ministras Loretta Ortiz Ahlf, Yasmín Esquivel

Mossa y el ministro Arturo Zaldívar establecieron que era una

suposición el considerar que por clasificar de seguridad nacional

las obras infraestructura, se va a reservar la información de

manera automática.

El proyecto del ministro del ministro Juan Luis González Alcántara

Carranca le dio la razón al Instituto Nacional de Transparencia,

Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI),

en su controversia constitucional 217/2021.


19 DE MAYO 2023.

ESCÚCHANOS EN: www.peligrosa.mx





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